1. Instalaciones para la accesibilidad: Ascensores, rampas, salvaescaleras y dispositivos que ayuden a personas con movilidad reducida. Esto también puede involucrar dispositivos adaptados para personas con discapacidad sensorial o intelectual. También se considera la integración de sistemas de control y acceso.
2. Elementos de información y comunicación: Señales luminosas, sonoras y vibrotáctiles que ayuden a la orientación en el interior de las viviendas. También se incluye la comunicación bidireccional en ascensores.
3. Apoyo a la audición: Instalación de bucles magnéticos para mejorar la audición en las viviendas.
4. Comunicación con el exterior: Instalación de videoporteros y dispositivos similares que proporcionen información visual y auditiva.
5. Alarmas y seguridad en ascensores: Sistemas de alarma que permitan la comunicación visual, auditiva y bidireccional con el exterior en casos de emergencia o atrapamiento.
6. Domótica y tecnología avanzada: Instalación de sistemas de automatización y tecnología para mejorar la autonomía de personas mayores o con discapacidad.
7. Accesibilidad universal en espacios interiores: Obras para facilitar la accesibilidad dentro de las viviendas, incluyendo ampliación de espacios de circulación, mejoras en baños y cocinas, y adaptaciones específicas para personas con discapacidad.
8. Cumplimiento de normativas de accesibilidad: Intervenciones para cumplir con los estándares de accesibilidad establecidos en el Código Técnico de la Edificación. Esto puede involucrar mejoras en ascensores y nivelación de cabinas.
Propietarios y Usuarios:
Las personas físicas que sean propietarias o tengan derecho de uso y disfrute de viviendas donde se planeen mejoras de accesibilidad. En algunos casos, los arrendatarios pueden también solicitar estas ayudas si asumen los costos de las mejoras acordados con los propietarios.
1. Calificación de Beneficiarios: Propietarios de la vivienda en la que se realizarán mejoras de accesibilidad, aquellas con derechos de uso y disfrute de la vivienda y arrendatarios con acuerdo del propietario, si las mejoras no son de su responsabilidad.
2. Ingresos Económicos: Los ingresos del hogar residente en la vivienda deben ser inferiores a 4 veces el IPREM y que la unidad de convivencia esté conformada por las personas que viven en la vivienda y están empadronadas en ella.
3. Historial de Ayudas: No haber recibido una ayuda para la rehabilitación de la misma vivienda en los tres años anteriores, a menos que sea para una vivienda con personas con discapacidad.
4. Condiciones de las Viviendas: Las viviendas deben estar finalizadas antes de 2006, a menos que vivan personas con discapacidad o mayores de 65 años, debe ser el domicilio habitual y permanente de los residentes en el momento de la solicitud y se necesita un informe técnico emitido por un profesional con titulación conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación, que justifique las mejoras propuestas.
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